prestaciones de ley
empleo debe ofrecerte estas prestaciones: Seguridad Social: tienes derecho a ser afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recibir atención médica gratuita y tramitar incapacidad por enfermedad, maternidad, entre otras; estar inscrito al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y al Sistema de Ahorro para el Retiro y una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para tu jubilación. Aguinaldo: pago anual de 15 días de salario por un año completo laborando. De lo contrario, será la parte proporcional por el tiempo que lleves en la empresa. Días de descanso: un día de descanso por cada 6 días laborados. Además de los días de descanso obligatorios que indica la ley. Vacaciones: un año laboral cumplido te permite gozar de por lo menos 6 días de vacaciones, los cuales tendrán un incremento gradual. Prima Vacacional: prestación que permite al trabajador un ingreso extra para disfrutar en sus vacaciones. Prima dominical: si trabajas el domingo o en tu día de descanso sea o no un fin de semana, deberán pagarte 25 por ciento más de tu salario base. Pago de Utilidades: tienes derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por tu patrón en el año anterior que laboraste. El plazo para que recibas este pago es del 1 de abril al 30 de mayo si es una empresa y hasta el 29 de junio si es persona física. Incapacidad por maternidad: si eres madre tienen derecho a un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto sin dejar de percibir su salario íntegro durante este período. Licencia de paternidad: si eres padres también tienen derecho a disfrutar 5 días por paternidad a nacer tu hijo o en caso de adopción. Licencia por adopción: madres trabajadoras tienen derecho a descansar 6 semanas si adoptan, para convivir con su hijo. Lactancia: en período de lactancia, las mamás tienen derecho a dos reposos extraordinarios por día. Estos de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. No deben descontar cantidad alguna a su salario. Prima de antigüedad: si sumas 15 años o más de trabajo y decides terminar la relación laboral voluntariamente, deberás recibir un pago adicional de 12 días de salario por cada año trabajado. Finiquito Laboral: en caso de renuncia tienes derecho a recibir el salario del periodo que trabajaste, parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades y la prima de antigüedad (solo si tienes laborando 15 años o más). Liquidación: si sufres un despido injustificado, tienes derecho a recibir una indemnización constitucional: pago de 3 meses de salario, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades y prima de antigüedad (en su caso). https://www.milenio.com/negocios/prestaciones-laborales-de-ley-cuales-son
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